Acuerdos de no captación

En el estado de Florida, es bastante común que los empleadores pidan a los empleados que firmen acuerdos de no competencia como condición para el empleo. Estos acuerdos, independientes de los contrato de trabajo, están diseñadas para proteger al empleador de ciertas acciones por parte de antiguos empleados.
Una de las disposiciones más comunes que figuran en los acuerdos de no competencia es la cláusula de no captación. Estas pueden adoptar la forma de una disposición incluida en un contrato más amplio o de un documento independiente.
¿Qué son los acuerdos de no captación?
Los acuerdos de no captación son acuerdos contractuales entre empleadores y empleados que regulan la capacidad del empleado para acercarse a los clientes o, en ocasiones, a los empleados del empleador durante un período específico tras la finalización de su relación laboral.
Por lo general, los acuerdos de no captación se incluyen en contratos integrales que también pueden abarcar la no competencia., confidencialidad o condiciones de no divulgación. El objetivo principal de un acuerdo de no captación es proteger contra la interferencia de personas que intentan quitarle clientes.
Para los empleadores y propietarios de negocios, los acuerdos de no captación tienen un valor significativo, ya que a menudo han invertido mucho tiempo, dinero y recursos en establecer y cultivar relaciones con sus clientes. Por lo tanto, es razonable que los empleadores tomen medidas para evitar que los empleados se lleven a sus clientes.
Sin embargo, los acuerdos de no captación se consideran restricciones al comercio, lo que los hace susceptibles de ser impugnados legalmente en Florida si se consideran excesivamente onerosos o restrictivos. Por ejemplo, un acuerdo de no captación no puede prohibir a un ex empleado aceptar trabajo de un cliente del empleador que solicite específicamente los servicios del ex empleado.
Para garantizar la aplicabilidad de los acuerdos de no captación, se recomienda a los empleadores y propietarios de empresas que deseen implementar dichos acuerdos que soliciten el asesoramiento de un abogado especializado en derecho mercantil. Su experiencia puede ayudar a garantizar que el acuerdo se redacte correctamente y sea legalmente vinculante.
¿Son aplicables los acuerdos de no captación?
Para evaluar la aplicabilidad de los acuerdos de no captación en Florida, un enfoque sencillo consiste en cumplir los criterios establecidos en la sección 542.335 del Estatuto de Florida. El empleador debe asegurarse de que el acuerdo cumpla los siguientes requisitos:
- Interés comercial legítimo: El empleador debe tener un interés comercial válido para hacer cumplir el acuerdo de no captación, como proteger las listas de clientes, los secretos comerciales o la información confidencial.
- Alcance y duración razonables: El acuerdo de no captación debe ser razonable en cuanto a su alcance y duración. El alcance se refiere al área geográfica cubierta por la prohibición, mientras que la duración se refiere al período de tiempo durante el cual el ex empleado tiene restringida la captación de clientes del empleador (normalmente alrededor de dos años). El acuerdo no debe obstaculizar de manera irrazonable la capacidad del ex empleado para ganarse la vida.
- Lenguaje claro e inequívoco: Para evitar confusiones o malinterpretaciones, el acuerdo debe ser claro y no contener lenguaje ambiguo.
Al analizar estos factores, es fundamental tener en cuenta las circunstancias y los hechos particulares de la empresa y el sector en cuestión. Por lo tanto, es esencial redactar acuerdos de no captación de forma restrictiva y adaptarlos a las necesidades específicas de la empresa. Los acuerdos demasiado amplios o ambiguos pueden ser impugnados y corren el riesgo de ser invalidados por los tribunales de Florida.
Redacción de acuerdos de no captación
Aunque los acuerdos de no captación son una práctica habitual, su aplicabilidad en el estado de Florida puede ser impugnada si no cumplen con los requisitos legales específicos. Para garantizar que estos acuerdos sean efectivos y proporcionen la protección prevista, es fundamental que estén redactados correctamente. La mejor manera de garantizar la eficacia de su acuerdo de no captación sería contratar a un abogado calificado y con amplia experiencia en Florida y en derecho mercantil.
En TCLG, contamos con la experiencia necesaria tanto en la redacción como en la litigación de acuerdos de no captación. Nuestra firma se enorgullece de prestar servicios a clientes en toda Florida y está totalmente equipada para proporcionar a su empresa acuerdos de no captación personalizados que se adapten a sus necesidades específicas. Tanto si es propietario de una pequeña empresa que está empezando como si tiene un negocio consolidado, nuestra amplia experiencia en la redacción de contratos y acuerdos para empresas de Florida puede ser de gran valor para usted.