Ahora es más fácil para las empresas de Florida obtener registros fuera del estado a través de la Ley Uniforme Interestatal de Depósitos y Descubrimientos (“UIDD”)

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29 de abril de 2022

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Regina Campbell

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Experiencia que convierte el conflicto en resolución.

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Regina Campbell

Regina Campbell es una abogada y empresaria que combina la experiencia jurídica con la visión empresarial, orientando a sus clientes para que hagan crecer y protejan sus empresas.

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Imagina lo siguiente: un competidor de otro estado acaba de contratar a tu mejor vendedor. Antes de dejar tu empresa, tu mejor vendedor se apropia indebidamente de las listas confidenciales de clientes y la información privada de tu empresa.

A continuación, recibe información de que su antiguo vendedor ahora trabaja para su competidor en Georgia y ha compartido información confidencial y privada de su empresa.  A continuación, usted demanda al vendedor y a la empresa competidora ante un tribunal estatal de Florida para reclamar una indemnización por daños y perjuicios y una orden judicial que les prohíba utilizar sus registros confidenciales. Sin embargo, necesitará documentos y pruebas obtenidas en Georgia para demostrar ante el tribunal que la empresa competidora interfirió ilegalmente en su contrato con el vendedor y le ofreció recompensas económicas para que se apropiara indebidamente de sus registros confidenciales y privados. Una citación judicial de Florida no es suficiente, ya que los registros se encuentran en Georgia.

Aquí entra en juego la Ley Uniforme de Declaraciones y Descubrimiento Interestatal de Florida (la “Ley”), que le permite obtener esos registros con menos obstáculos legales y a un costo razonable, sin tener que contratar a un abogado de Georgia ni presentarlos ante un tribunal de Georgia en la mayoría de los casos.

Ley Uniforme de Declaraciones y Descubrimiento Interestatal (F.S.A. § 92.251)

La UIDDA entró en vigor en Florida el 1 de julio de 2019 y sustituyó a la Ley Uniforme de Declaraciones Extranjeras de Florida.

La ley agiliza el proceso de presentación de pruebas para los litigantes que necesitan emitir una citación, para obtener registros o declaraciones, dirigida a ciudadanos o empresas de otro estado. Los litigantes ya no estarán obligados en el estado emisor a que el estado receptor emita una comisión, siempre que el otro estado reconozca la UIDDA para la presentación de documentos.[1] La ley establece que un secretario judicial puede “domesticar” administrativamente una citación emitida por otro tribunal estatal.

El secretario del tribunal del estado en el que se lleva a cabo el descubrimiento actúa en calidad de funcionario, pero de manera suficiente para invocar la jurisdicción de dicho estado. La ley también minimiza la supervisión judicial. No es necesario presentar el asunto ante un juez del estado en el que se lleva a cabo el descubrimiento. Sin embargo, el descubrimiento permitido por la ley debe cumplir con las leyes del estado en el que se lleva a cabo.  Esta limitación prevista en la ley garantiza que el estado de descubrimiento mantenga su capacidad para proteger a sus residentes que se convierten en testigos no partes en un proceso en otro estado frente a solicitudes de descubrimiento injustificadas.

Redacción de la citación judicial en virtud de la Ley

En primer lugar, el abogado comprueba si el estado en el que se lleva a cabo el descubrimiento ha adoptado la ley. La Comisión de Leyes Uniformes publica un gráfico que muestra qué estados han promulgado la UIDDA en Ley de Declaraciones y Descubrimiento Interestatal - Comisión de Leyes Uniformes (uniformlaws.org). En los estados donde se aplica la ley, el abogado del estado donde se celebra el juicio (Florida en el ejemplo anterior) prepara una citación de conformidad con las Reglas de Procedimiento Civil de Florida. A continuación, el abogado consulta con la oficina del secretario del condado del estado de descubrimiento (Georgia en el ejemplo anterior) donde se encuentran el testigo o los registros. El abogado completa el formulario de citación aplicable en el estado de descubrimiento. El abogado contrata a un notificador judicial (o consejo local) en el estado de descubrimiento (Georgia), que actuará como testigo o custodio de los registros.

El papel del secretario judicial en el estado de descubrimiento

Una vez que el secretario reciba la citación de Florida, emitirá una citación para notificar a la persona o entidad en el estado de descubrimiento. La citación del estado de descubrimiento debe incorporar los mismos términos que la citación de Florida y contener la información de contacto de todos los abogados y de cualquier parte no representada por un abogado. La ley exige una supervisión judicial mínima y elimina la necesidad de contar con un abogado local en el estado de descubrimiento, cartas rogatorias o la presentación de una acción miscelánea durante el descubrimiento. Una advertencia: la citación debe cumplir con las normas del estado en el que se encuentran los registros o los testigos. De lo contrario, si un determinado descubrimiento no está permitido en Georgia, una parte no puede eludir la ley de Georgia solicitando el descubrimiento, incluso si lo permite la ley de Florida.

Ejecución de la citación judicial

A menos que el testigo o el propietario de los registros solicite una orden de protección, no es necesario que los tribunales del estado en el que se realiza el descubrimiento se pronuncien sobre la legalidad de la citación. Una solicitud de citación en virtud de la Ley no constituye una comparecencia en el estado en el que se encuentra el testigo. Sin embargo, las mociones para anular, ejecutar o modificar una citación en virtud de la Ley se presentarán y se regirán por las normas del estado en el que se realiza el descubrimiento, por lo que, si prevé que el testigo ajeno al proceso se mostrará hostil, es posible que le convenga contratar a un abogado local para que le ayude en el asunto.  

Estados que aún no han adoptado la ley

Si el estado en el que se lleva a cabo el descubrimiento no ha adoptado la Ley, será más difícil obtener testimonios o registros de los residentes de ese estado. Algunos de esos estados exigen que el tribunal del estado en el que se lleva a cabo el descubrimiento emita mandamientos o cartas rogatorias al tribunal del estado en el que se celebra el juicio antes de que se pueda emitir una citación. A día de hoy, solo seis estados aún no han adoptado la Ley: Connecticut, Massachusetts, Misuri, Nuevo Hampshire, Texas y Wyoming. En Texas, los procedimientos locales protegen a los residentes y pueden exigir que un abogado de Texas obtenga la divulgación.

Cumplimiento de citaciones judiciales fuera de Florida

La ley es bidireccional. En virtud de la ley, si una empresa de Florida recibe una citación emitida por un secretario del condado de Georgia, la empresa debe cumplir con la citación a menos que tenga motivos para anularla o modificarla en virtud de la legislación de Florida.

Una parte de otro estado deberá preparar la citación judicial de conformidad con la Reglas de Procedimiento Civil de Florida. El secretario debe asegurarse de que la información que figura en la citación extranjera aparezca textualmente en la citación de Florida. Del mismo modo, ya no son necesarias las comisiones y órdenes para las citaciones fuera del estado para la presentación de documentos y objetos de una persona que no sea parte en Florida. La notificación de la citación también debe cumplir con la Reglas de Procedimiento Civil de Florida.La ley de Florida rige todas las citaciones emitidas en virtud de la Ley.

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[1] Se sigue exigiendo una comisión por el testimonio bajo juramento de un testigo ajeno al proceso y residente fuera del estado.

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